Fecha
e instrumento
legal
de creación
El Parque
se creó
por Ley
12.103,
en 1934.
Esta es
la norma
fundacional
del sistema
de parques
nacionales
argentinos.
Además
de Iguazú,
crea los
parques
nacionales
Nahuel
Huapi,
Lanín,
Los Alerces,
Perito
Moreno,
Los Glaciares,
Laguna
Blanca
y Tierra
del Fuego.
En ella
se establecen
los lineamientos
y principios
básicos
que habrán
de regir
la gestión
del sistema
nacional
de áreas
protegidas,
que fueron
respetados
en las
sucesivas
leyes
modificatorias.
Cabe señalar,
además,
que con
la sanción
de esta
norma,
la Argentina
se transformó
en el
tercer
país
del mundo
–detrás
de los
Estados
Unidos
y Canadá-
en crear
un sistema
de estas
características.

Antecedentes
Normativos
- Límites
El 11
de octubre
de 1909
se sanciona
la Ley
6.712,
que autoriza
al Poder
Ejecutivo
–entre
otras
cosas-
a adquirir
un sector
de tierras,
por compra,
permuta
o expropiación,
con el
propósito
de reservarlas
para la
creación
de: a)
un gran
Parque
Nacional
y obras
de embellecimiento;
b) la
fundación
de una
Colonia
Militar
y c) a
las usinas
cuyas
instalaciones
fueran
convenientes
en el
futuro
para el
aprovechamiento
industrial
de las
fuerzas
que las
caídas
de agua
proporcionen.
La Ley
14.294
–de
provincialización
del Territorio
Nacional
de Misiones-
establece,
en su
artículo
11, cuáles
serán
los bienes
que seguirán
perteneciendo
al Estado
Nacional.
El Parque
Nacional
Iguazú
queda
dentro
de las
precisiones
establecidas
en los
incisos
1°
y 2°
del artículo
2°
de dicha
norma.
En septiembre
de 1941
se dicta
el Decreto
N°
100.133,
el cual,
entre
otras
cosas,
fija los
límites
del Parque,
excluye
del dominio
público
–en
virtud
de las
facultades
otorgadas
por el
apartado
2°
del artículo
22 de
la Ley
12.103-
una fracción
de 500
hectáreas
ubicadas
en jurisdicción
del Parque
Nacional
con destino
al trazado
de Puerto
Aguirre,
y establece
que la
mensura
de la
Colonia
Militar
y del
Parque
Nacional
serán
realizadas
por técnicos
del Ministerio
de Guerra
y de la
Dirección
de Parques
Nacionales.
En 1928,
por la
Ley Nacional
6.712
se adquieren
75.000
hectáreas
para ese
fin, pero
como ya
se dijo,
sólo
en 1934,
mediante
la sanción
de la
Ley Nacional
N† 12.103,
se crea
el Parque
Nacional
Iguazú.
El Decreto
N°
5.865/61
modifica
el límite
dispuesto
por Decreto
N°
100.133/41
entre
el “Campo
Iguazú”
(ex Colonia
Militar)
y el Parque
Nacional
Iguazú.
De esta
forma,
se aprueba
lo previamente
convenido
entre
la Secretaría
de Estado
de Guerra
y la entonces
Dirección
General
de Parques
Nacionales,
a efectos
de incluir
dentro
del Parque
Nacional
las tierras
donde
se construyó
la Seccional
de Guardaparques
ubicada
sobre
la ruta
12, compensando
consecuentemente
las superficies
involucradas.
Luego,
en 1971,
el Decreto-Ley
N°
18.991
transfiere
a la provincia
de Misiones
el pueblo
de Puerto
Iguazú,
junto
con las
1972 ha
necesarias
para ampliar
su ejido.
El Decreto-Ley
N°
18.801/70
establece
nuevos
límites
para el
Parque
Nacional
Iguazú,
al escindir
del mismo
–y
crear-
la Reserva
Nacional
Iguazú,
en la
zona oeste
de la
superficie
cuyos
límites
había
establecido
el Decreto
N°
100.133/41.
La creación
de la
reserva,
cuya superficie
aproximada
sería
de 6.300
ha, permitirá
la construcción
de un
aeropuerto
internacional
y la enajenación
de tierras
con el
objeto
de construir
tres hoteles
de turismo,
conforme
al “Plan
de Desarrollo
Turístico
del Complejo
Cataratas
del Iguazú”,
elaborado
por la
Dirección
Nacional
de Turismo,
aprobado
por el
P.E.N.
Un nuevo
instrumento
legal,
en este
caso el
Decreto-Ley
N† 19.478
de 1972,
declara
del dominio
público
e incorpora
al Parque
Nacional
Iguazú
aproximadamente
12.620
ha, correspondientes
a una
fracción
del Establecimiento
Industrial
Forestal
del Iguazú,
dependiente
del Instituto
de Colonización
y Régimen
de la
Tierra
del Ministerio
de Agricultura
y Ganadería
de la
Nación,
modificando
así,
nuevamente,
la superficie
del Parque.
En el
año
1984,
el Parque
Nacional
Iguazú
fue declarado,
junto
a su par
brasileño,
Patrimonio
Mundial
Natural
de la
Humanidad
por la
UNESCO.
Investigación
y Textos:
Gabriel
O. Rodriguez
Supervisión
Técnica
Honoraria:
Juan Carlos
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