EDICION
RESUMIDA
- INFORMACIÓN PRELIMINAR
El Doradillo
Provincia de Chubut
El área protegida que analizamos está ubicada en el noreste de la provincia del Chubut, a unos 20 Km. de la ciudad de Puerto Madryn. Ocupa una franja costera de unos 25 kilómetros hacia el norte de la mencionada ciudad. La finalidad por la se crea esta reserva es la de mantener el paisaje sin alteraciones. El mismo representa una gran riqueza desde el punto de vista turístico, por ser un excelente lugar (tal vez el mejor) de avistaje desde la costa de las ballenas francas australes.
La gran belleza escénica y el privilegio de poder apreciar desde la costa a estos monumentales mamíferos marinos, hacen que anualmente gran cantidad de visitantes nacionales y extranjeros llegan a estas playas.
En virtud de lo expuesto La Municipalidad de Puerto Madryn declaró, mediante la sanción de la Ordenanza Nº 4263/01, la protección de las playas conocidas como “El Doradillo”.
Categoría: Paisaje protegido.
Ubicación
El área protegida que analizamos está ubicada en el noreste de la provincia del Chubut, a unos 20 Km. de la ciudad de Puerto Madryn, abarcando un área paralela a la costa de 3 Km. de ancho y unos 25 de largo, que se extiende desde Punta Arco (extremo sur) hasta Punta Ameghino ( la Ordenanza de creación hace referencia al “límite del Ejido urbano”, por extremo norte del área).
Superficie
Esta reserva natural no fue mensurada. Pero abarca 3000 metros desde la línea de marea alta hacia las bardas, y si estás quedan fuera del ámbito protegido, la franja puede extenderse 300 metros más para incluir a las bardas.
La finalidad por la se crea esta reserva es mantener el paisaje sin alteraciones por la gran riqueza que presenta desde el punto de vista turístico, por ser un excelente lugar (tal vez el mejor) de avistaje desde la costa de las ballenas francas australes.
Fecha e instrumento legal de creación
La Ordenanza Municipal Nº 4263 de la Municipalidad de Puerto Madryn, sancionada en noviembre de 2001, dejó establecida la presente área protegida.
En 27 de noviembre de 2003, por medio de la Ordenanza Nº 5028, se elaboró el Plan de Manejo y Desarrollo del Área Protegida El Doradillo, que establece las estrategias y acciones necesarias para alcanzar los objetivos de creación del área.
En la implementación del esta unidad de conservación intervinieron junto a la Municipalidad de Puerto Madrid, la Fundación Patagonia Natural, el Instituto Centro Americano de Administración de Empresas, la Fundación Naturaleza para el Futuro, la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental y el Banco Mundial, elaborando el documento Informe Final y Anexos de la Evaluación del Paisaje y Propuesta de Conservación del Área de El Doradillo.
Ordenanza Municipal Nº 4263, del 29 de noviembre de 1001.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO MADRYN SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo 1. Declárase Paisaje Terrestre y Marino Protegido al área correspondiente a una franja paralela a la costa marina compuesta de playa y tierra firme, esta última de un ancho mínimo de tres mil metros contados desde la línea de alta marea, siendo Punta Arco su extremo sur y el limite del Ejido municipal su extremo norte. En todos los casos en que la franja mencionada no sobrepasara en 300 metros la zona geográfica de bardas, la misma se extenderá hasta alcanzar dicho límite, de modo de integrarlas al Área. La reglamentación de la presente Ordenanza definirá las coordenadas geográficas correspondientes. El área mencionada en el artículo anterior se llamará Paisaje Protegido El Doradillo.
Artículo 2. La declaración de Paisaje Protegido tiene por finalidad conservar la integridad del paisaje, manteniendo sus condiciones naturales actuales.
Artículo 3. La presente declaración no implica el desconocimiento de derechos regularmente adquiridos con anterioridad a la creación del Área Natural Protegida ni la modificación del carácter de las actividades rurales que se desarrollan hasta el momento.
Artículo 4. En todos los casos se inducirá a los propietarios de tierras privadas al ejercicio de actividades acordes a un manejo sustentable de los recursos naturales existentes que garanticen un desarrollo compatible con la finalidad de la creación del Área Natural Protegida, y perdurable en el tiempo, mediante la promoción, apoyo técnico, económico y aquellas formas que la reglamentación establezca.
Artículo 5. Se propiciará el desarrollo de actividades turísticas en general, y de turismo rural y agroturismo en particular, de modo que constituyan una herramienta para la conservación del lugar.
Se entenderá por turismo rural al conjunto de actividades que se desarrollan en el ámbito rural, en contacto con la naturaleza y con gente local, motivadas por el interés de conocer y disfrutar de alguna actividad agropecuaria o relacionada a ésta, y que resultan de interés por sus características exóticas, tradicionales, diferentes del estilo usual de vida urbana. El turismo rural se caracteriza, además, por el respeto al ambiente, la revalorización de la cultura rural, y el carácter interactivo de sus actividades, permitiendo complementar las actividades agrícolas y ganaderas con la actividad turística.
Artículo 6. En el plazo de ciento ochenta días desde la sanción del presente deberá ser elevado al Concejo Deliberante un Plan de Manejo y Desarrollo del Area Protegida.
Se creará una franja de aproximadamente 1500 metros desde la altura de la más alta marea donde no podrán realizarse ningún tipo de instalación o construcción o asentamiento, excepto aquellas que sean necesarias para cumplir con los objetivos de conservación del área.
Artículo 7. La introducción y desarrollo de nuevos asentamientos humanos estará sujeto a las normas y pautas que establezca la Autoridad de Aplicación en cumplimiento del Plan de Manejo que oportunamente se apruebe.
Artículo 8. En las tierras de dominio público están prohibidos los asentamientos humanos permanentes o transitorios, con excepción de los expresamente autorizados por la Autoridad de Aplicación en cumplimiento del Plan de Manejo. Será considerada intrusa, toda persona física o jurídica, pública o privada, estatal o no, que realice actividades permanentes u ocasionales, se radique u ocupe inmuebles del dominio público dentro del Área Natural Protegida sin autorización o permiso de la Autoridad de Aplicación.
Artículo 9. La realización de toda obra pública o privada en la zona deberá ser autorizada por la autoridad municipal, previa presentación de la parte interesada de la correspondiente evaluación de impacto ambiental, con carácter ineludible.
Cuando la evaluación de impacto ambiental reflejara que una obra pública o privada pudiera comprometer o alterar las condiciones naturales o paisajísticas del área, la autoridad municipal denegará la autorización para su ejecución.
Será nula toda autorización de realización de obras que no cuenten con la previa evaluación de impacto ambiental.
Artículo 10. Quedan prohibidos en todo el territorio aquellos usos y actividades que pudieran ocasionar un daño temporal o un perjuicio permanente al ambiente, en lo referente a calidad del aire, suelo, agua superficial o subterránea, flora, fauna, o paisaje.
De modo de preservar la integridad paisajística de la zona de bardas se prohibe cualquier construcción que interrumpa el perfil geográfico de las mismas.
Artículo 11. Se prohibe la realización de todo tipo de actividad extractiva en el área. Aquellas que al momento de la sanción de la presente norma se encuentren realizándose sobre la base de un derecho previamente acordado serán toleradas sólo hasta el momento del vencimiento de los respectivos contratos, sin excepción.
Artículo 12. Queda prohibida el tratamiento y/o disposición final de residuos en la zona.
Artículo 13. Quedan totalmente prohibidas todo tipo de instalaciones aéreas de servicio (cableados de energía eléctrica, telefónica, cañerías, etc.). En todos los casos deberán realizarse en forma subterránea.
Artículo 14. Se prohibe la instalación de carteles publicitarios a fin de mantener las condiciones naturales del área de modo de permitir la conservación de la calidad del sitio para los visitantes, pudiendo instalarse los indispensables para favorecer el mayor aprovechamiento de las cualidades propias del área.
Artículo 15. El Departamento ejecutivo, a través de los organismos correspondientes, procederá a la confección del mapa correspondiente al área mencionada en el artículo lº de la presente ordenanza.
Artículo 16. Autorízase al Sr. Intendente Municipal de la Ciudad de Puerto Madryn a la gestión y firma de Convenios de Colaboración con instituciones públicas y privadas nacionales e internacionales con el objetivo de lograr un mayor desarrollo y mantenimiento del Area.
Artículo 17. REGISTRESE. COMUNIQUESE. DESE AL BOLETÍN OFICIAL CUMPLIDO
Relieve
Las costas chubutenses, como del resto de la patagonia, responden a un patrón igual al del relieve. Es decir, presentan acantilados de pronunciada gradiente, prolongándose en la plataforma marina, que se extiende unos 600 kilómetros mar adentro. Es una costa en permanente ascenso constituida mayormente por materiales blandos, sedimentos marinos, que permite un rápido proceso erosivo de la marea sobre los acantilados que se suceden en forma casi continua por cientos de kilómetros. Cada tanto afloran rocas ígneas – pórfidos, granito, basalto principalmente- que forman los accidentes costeros que interrumpen la monotonía del acantilado, como los numerosos cabos, cañadones, puntas, valles fluviales. Se pueden señalar tres accidentes costeros significativos a lo largo del litoral marítimo patagónico: el Golfo San Matías, la Península de Valdés junto con los Golfos Nuevo y el San Jorge. El Golfo San Matías es una amplia ingresión marina sobre la línea de la costa – penetra unos 153 Km.- , de origen tectónico, que mide de un extremo a otros 117 km. La costa oeste de golfo presenta acantilados alternados con playas y también irrumpen formaciones cristalinas que dieron origen a la llamada Punta Pórfido. La Península de Valdés es el accidente más notorio de toda la costa patagónica, unida al continente por un estrecho istmo de unos 5 km de ancho y que separa las aguas de los dos golfos que limitan a la península: el San José al norte y el Nuevo al sur, en cuyas playas está la Reserva El Doradillo. Las costas de esta península continúan presentando acantilados en muchos lugares, playas de arena en otros y se destacan playas pedregosas que son las preferidas por los elefantes marinos para su asentamiento. Como rasgo particular presenta al este la Caleta Valdés, protegida por un gran banco de pedregullo. Por otra parte vemos la Punta Delgada que forma una restinga de 2 km de largo y el Golfo Nuevo que tiene la característica de ser el área más abrigada de toda la costa patagónica. Su abertura máxima es de 13 km entre el morro Nuevo y la punta Ninfas. Generalmente sus costas son abruptas pero en algunos sectores, como en Puerto Madryn, las barrancas se retiran varios kilómetros tierra adentro.
Las costas son un sector muy dinámico desde el punto de vista biológico donde se produce un gran intercambio energético entre el océano, la atmósfera y la superficie terrestre. La zona intermareal tiene una fauna y flora propias que de alguna forma se benefician con ese cambio diario entre la pleamar y la bajamar, que produce variaciones notables de humedad, temperatura y luz, siendo las formas vinculadas con la vida marina las que dominan ese espacio de transición.
Hidrografía
El sistema de los cursos de agua es consecuencia directa del relieve, por lo que la red hidrográfica y lacustre de la Provincia del Chubut se desarrolla con mayor importancia en los valles intermontanos que forjó la historia geológica del lugar. Desde la cordillera bajan cursos de agua que sólo reciben tributarios en su tramo superior y muchos finalizan su desarrollo en las zonas áridas de la meseta patagónica.. El sistema del Carrenleufú, que nace en el Lago Vintter, corre de sur a norte y luego de recorrer territorio argentino va a morir al Pacífico. Sus avances hacia el este llegan a zonas áridas y se pone en contacto con algunos tributarios del Atlántico.
Esta cuenca está integrada principalmente por el río Chubut y su tributario el Senguer, que nace en los Lagos La Plata –Fontana, y el Chico, que lo hace del Lago Colhué Huapi. Todos los ríos de la Provincia tienen sus caudales sujetos al régimen de lluvias invernales y del deshielo en primavera. Chubut cuenta con dos represas: el embalse sobre el río Futaleufú, que forma el espejo de agua denominado Amutui Quimei y sobre el río Chico-Chubut que forma el embalse Florentino Ameghino.
En el sector tratado, una serie de pequeñas lagunas de desarrollan formando una línea paralela al mar. Las principales son De Bruno, La Monotosa, Los Gauchos, La Escondida, Juárez, muy cercana a la reserva prospectada, y laguna Blanca más hacia el sur, entre otras.
Clima
La provincia del Chubut presenta dos sectores climáticos bien diferenciados y un tercero no tan distinto al de la zona oriental. Por un lado tiene un clima húmedo y frío al oeste de los picos más elevados de la cordillera y hacia el oriente de los mismos el clima es árido y con temperaturas más elevadas. El sector mencionado en primer término está muy influenciado por el Anticiclón del Pacífico, que provoca el choque de sus fuertes vientos contra las mayores elevaciones que al ascender inducen la formación de abundantes precipitaciones y nevadas, con registros que oscilan entre los 700 y 2000 mm anuales. Esto hace que encontremos zonas con bosques bastante abundantes en especies vegetales que contrastan notoriamente con la superficie del resto de la Provincia. Dada la alta humedad ambiente del sector occidental las amplitudes térmicas son poco marcadas y al ascender, lógicamente, el frío aumenta y hace que haya picos con nieves eternas. El panorama en la región extra-andina presenta una vegetación esteparia con precipitaciones que rondan los 200 mm anuales y las temperaturas oscilan entre medias anuales inferiores a los 8°C y superiores a los 10°C en la zonas más bajas y próximas al mar, que pueden definir al clima como templado y con grandes amplitudes térmicas diarias. El viento predominante es el del oeste- que permanece en forma constante- y la proximidad marítima no llega a modelar demasiado el clima debido a la altura de sus costas con acantilados que sobrepasan los 150 metros. Un tercer tipo de clima de Chubut afecta el ángulo noreste de la provincia y a la Península Valdés, con veranos cálidos y breves e inviernos fríos. Podría definírselo como de transición entre los climas templados del centro del país, con mayores precipitaciones en los meses cálidos, y los climas fríos y con lluvias invernales típicos de la patagonia. Este es el que afecta a la Reserva El Doradillo.
Flora
La clasificación de la Argentina en territorios fitogeográficos fue realizada por muchos autores. Uno de los más seguidos fue Angel Cabrera, que en distintos trabajos y épocas esbozó con mucha claridad estas regiones que llamó “Provincias Fitogeográficas”.
Así, a la gran superficie que se extiende desde el sur de Mendoza hasta Santa Cruz, al este de la cordillera, la denominó Provincia Patagónica. En ella predomina un tipo de vegetación muy rala y baja, con grandes superficies de suelo desnudo, mayormente arbustiva esteparia o también herbácea esteparia, con plantas halófitas (asociadas a terrenos salinos), samófilas (asociadas al suelos arenosos), vegas o mallines que se ven siempre verdes con hiervas de distintas especies denominadas comúnmente junquillos.
A su vez, cuando define los límites de la Provincia del Monte señala que la misma tiene su extremo austral en el noreste de la provincia del Chubut, por lo que se deduce que el área prospectada, al estar en una zona de ecotono, tiene algunos representaciones de flora de aquella provincia fitogeográfica.
La vegetación del Monte, se caracteriza por la presencia de las jarillas de varias especies (Larrea divaricata, Larrea ameghinoi, Larrea nitida) como uno de los componentes más conspicuos dentro del estrato arbustivo. A estas las suelen acompañar especies como la chilladora (Chuquiraga hystrix), la también llamada chilladora o ardegrás ( Chuquiraga erinacea), muy común , el quilembay o quilimbay (Chuquiraga avellanedae), el caballo del diablo, barba de chivo o manca caballo, entre otros nombre que se le asignan (Prosopidastrum globosum), el yaollín o yoahín (Lycium chilense), el piquillín (Condalia microphylla), la llamada en algunos lugares monte negro (Bouganvillea spinosa) y el alpataco (Prosopis alpataco). También se observan algunas gramíneas similares a las que aparecen en la zona esteparia como los denominados coirones.
En sectores de suelo arcilloso entre la costa marina y los acantilados, hay vegetación arbustiva como el zampa (Atriplex zampa), el yaoyín (Lycium chilense) y el jume (Suaeda divaricata), principalmente.
En las estepas costeras del Golfo Nuevo hay cierta predominancia de de la especie de jarilla (Larrea divaricada) y también son comunes pastizales de Sporobolus rigens y Stipa tenuis, aunque estos últimos se ven más en el sector de la Península de Valdés. El fitoplancton de los golfos San José y Nuevo está dominado por diatomeas y dinoflagelados y presenta dos picos de abundancia anuales: uno en otoño y otro en primavera y la biodiversidad es relativamente elevada (Bertiller, et al.,1980).
Respecto a las algas marinas, para el Golfo San José se han listado 74 especies de macroalgas y son bastante abundantes las praderas de cachiyuyo (Macrocystis pyrifera).
Fauna
Se ha señalado precedentemente que dentro de los objetivos principales de creación del área tratada estuvo la preservación de uno de los mejores sitios de avistaje de la ballena franca austral (Eubalaena australis), el cetáceo más conocido desde tiempos remotos, que se constituyó en importante atractivo turístico. Uno de los principales aspectos para diferenciar a la ballena franca entre los grandes cetáceos es su falta de aleta dorsal; con un cuerpo extremadamente voluminoso y el dorso notablemente ancho y redondeado (Bastida y Rodríguez, 2003). Esta misma fuente señala que la cabeza es casi un tercio del largo del cuerpo, con labios notablemente arqueados, con unas 220 a 260 barbas que cuelgan de la quijada superior y que pueden superar el metro de largo en adultos. La cabeza presenta llamativas callosidades, que son colonizadas por miles de pequeños crustáceos de la Familia Cyamidae, que le otorgan la coloración blancuzca a las callosidades. Respecto a las medidas puede llegar a medir unos 17 metros de longitud (la hembras son algo mayores que los machos) y el peso oscila entre las 40 y 50 toneladas y su longevidad ronda los 70 años. Su coloración general es negruzca, apareciendo algunas veces tonos grisáceos o pardos.
A fines de otoño comienzan a llegar los primeros ejemplares a las zona de Península de Valdés y alrededores (esta fecha se estaría adelantando en lo últimos tiempos) y permanecen en el lugar aproximadamente hacia los comienzos de diciembre. Las pariciones, luego de una año de gestación, ocurren entre agosto y fines de octubre. En el año 1984 se sanciona la Ley Nacional N° 23.094 por la cual se declara a la mencionada especie Monumento Natural, con los que se garantiza su protección absoluta, sólo permitiéndose visitas explicativas o la investigación científica.
En general se puede decir, que la Provincia del Chubut posee verdaderos relictos de fauna vertebrada, especialmente en lo que se refiere a la fauna costera. Numerosas colonias de lobos marinos de un pelo (Otaria flavescens), del de dos pelos (Artocephalus australis) y la más importante de elefantes marinos (Mirounga leonina), siendo estas especies residentes permanentes de las costas chubutenses. Hay otros pinnípedos cuya presencia ocasional como el leopardo marino (Hydrurga leptonyx), la foca cangrejera (Lobodon carcinophagus), la foca de Weddel (Leptonychotes weddelli), algunas de estas especies tienen distribución cosmopolita y otras son de regiones más meridionales, Antártida por ejemplo, y circunstancialmente puede producirse algún avistaje de las mismas.
En forma ocasional pueden acercarse a las costas chubutenses la ballena Bryde (Balaenoptera edeni), la ballena minke (Balaenoptera acutorostrata), la ballena azul (Balaenoptera musculus) el mamífero más grande entre los sobrevivientes, el rorcual común (Balaenoptera physalus) y la ballena jorobada (Magaptera novaengliae), estando las tres últimas especies nombradas con estatus de Vulnerables, según la UICN(1996). La ballena franca pigmea (Caparea marginata) es de muy rara aparición y está incluida en el anexo 8, tabla 2, del Plan de Manejo del Sistema Península de Valdés, elaborado por las autoridades provinciales del área específica. En este listado, dentro de Orden Cetacea, se mencionan cinco familias más, con un total de 22 especies, cuya probabilidad de acercarse a las costas patagónicas es remota (orcas, delfines, toninas zifios, marsopas y cachalotes). Hay una pequeña población de orcas (Orcinus orca) que se la observaba desde las costas del sur de la provincia de Buenos Aires hasta el norte de Chubut, dato que no se ha podido confirmar si persiste hasta el presente.
La lista de mamíferos continúa con especies de hábitos continentales, entre las que son más numerosos los roedores. Sólo se hará mención de las especies más conspicuas o por el contrario, cuyas poblaciones son escasas u ostentan algún grado de amenaza como ocurre con la comadrejita patagónica (Lestodelphis halli), el moloso gris de orejas anchas ( Tadarida brasiliensis), el zorrino patagónico (Conepatus humboldtii), la mara (Dolichotis patagonum) -Vulnerable-, el guanaco (Lama guanicoe), considerado Potencialmente Vulnerable (Canevari y Balboa, 2003). También están presentes, entre otras, el gato del pajonal (Lynchailurus pajeros)- Vulnerable-, el gato montés común (Oncifelis geoffroyi)- Potencialmente Vulnerable-, el puma (Puma concolor), con el mismo rango de amenaza que la especie anterior, el zorro colorado o zorro patagónico (Dusicyon gymnocercus), el zorro gris (Dusicyon gymnocercus) y el hurón menor (Galictis cuja).
La aves son el grupo vertebrado más relevante en variedad de especies presentes y cantidad de ejemplares de cada una de ellas, que en algunos casos forman colonias con varios miles de individuos, como ocurre con el pingüino de Magallanes (Spheniscus magellanicus). Accidentalmente pueden arrimarse a las costas marinas de Chubut el pingüino rey (Aptenodytes patagonicus), el pingüino de penacho amarillo (Eudytes chrysocome) y el pingüino de pico rojo (Pygoscelis papua). Otras especies de aves marinas o costeras que pueden observarse en este sector de playa patagónico es el macá grande (Podiceps mayor), el macá plateado (Podiceps occipitalis), el cormorán roquero (Phalacrocorax magellanicus), el cormorán imperial (Phalacrocorax atrceps), once especies de patos son residentes permanentes como el pato crestón (Lophonetta specularioides), pato cuchara (Anas platelea), pato zambullidor chico (Axyura vittata). De las familias Laridae y Sternidae, nidifican en la Provincia la gaviota cocinera (Larus dominicanus), gaviota capucho de café ( Larus maculipenis), gaviotín golondrina grande ( Sterna hirundinacea) y el gaviotín real ( Sterna maxima). Entre las rapaces se citan como habituales al águila mora (Geranoatus melanoleucus), el gavilán ceniciento (Circus cinereus), el aguilucho cabeza negra (Buteo albicaudatus), el halcón peregrino (Falco peregrinus) y entre los chorlos que, muchos son migradores desde el hemisferio norte, encontramos al chorlo pampa (Pluvialis dominica), chorlito vuelve piedras (Arenaria interpres), chorlito de doble collar (Charadrius falklandicus), el chorlito semipalmado (Charadrius semipalmatus), el chorlo trinador (Numenius phaeopus), el chorlito unicolor (Calidris bairdii), el chorlito enano (Calidris pusilla) y el de patas amarillas (Tringa flavipes), entre varias especies más.
Entre las aves no asociadas al medio acuático se observan también numerosas especies como el gaucho (Agriornis murina), el choique o ñandú petiso (Pterocnemia pennata), la martineta común (Eudromia elegans), la dormilona común (Muscisaxicola macloviana), el canastero de garganta negra (Thripophaga patagonica), la monjita castaña (Neoxolmis rufiventris), el torito pico negro (Anairetes parulus), la diuca común (Diuca diuca), el cabecita negra de corbata ( Spinus barbatos o Carduelis barbatos según los autores), el pecho colorado grande (Sturnella loyca) y el yal amarillo ( Phrygilus carbonarus), entre una gran cantidad de otras especies.
De los restantes grupos de fauna no se obtuvo información.
Alternativas turísticas
Las posibilidades turísticas de la zona que se afectó como reserva son muchas. El atractivo que ejerce el avistaje de la ballena franca aumenta año tras año; y del resto de la fauna, entre la que ocupan un espacio de importancia los mamíferos marinos de la familia de los otáridos y los pingüinos entre las aves; el paisaje de los acantilados- acá algo alejados de la costa-, las inmensas playas y todo el halo de misterio que recae sobre la patagonia hacen de la Reserva El Doradillo un lugar de privilegio para su usufructo turístico.
Cómo llegar
Tomando como punto de referencia la ciudad de Rawson se indican a continuación los itinerarios para llegar a la capital chubutense.
Desde las ciudades ubicadas más al sur, sobre la costa atlántica o próximas a ella, la RN N° 3 es la más adecuada para acercarse al lugar propuesto.
La RN N° 25 une el sector noroeste de Chubut – Esquel, El Maitén, Leleque, Tecka, José de San Martín, entre otras- con la ciudad capital.
Desde todas las provincias litoraleñas deberán aproximarse primero a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y desde ésta parte la mencionada RN N°3, que nos lleva al destino luego de recorrer 1.490 km.
Desde la ciudad de San Juan habrá que pasar previamente por la capital mendocina; ambas están comunicadas la RN N° 40.
De Mendoza hay que tomar la RN N° 143 hasta su intersección, ya en territorio pampeano, con la RP N° 13 que nos acerca a Bahía Blanca y luego seguir por la RN N° 3.
Desde las ciudades de San Luis, Córdoba, La Rioja, Santiago del Estero y otras localidades próximas a las mismas, deberán pasar previamente por Santa Rosa, la capital de La Pampa, y dirigirse hacia el sur por la RN N°35 hasta la ciudad de Bahía Blanca, desde donde ya se indicó como arribar a Rawson.
Partiendo de RAWSON se toma la RP 1 (mejorada) hacia el norte y pasa por la zona afectada como reserva y por la ciudad de Puerto Madryn. También se puede hacer algo más largo el recorrido e ir por asfalto. En este caso saliendo de Rawson circulamos hacia el noroeste por la RP Nº 7 hasta que corta a la RN Nº 3. Se sigue por ésta última hacia el norte (doblando a la derecha) y tras unos kilómetros de recorrido pasa por las afueras de Puerto Madryn. Acá debemos preguntar por El Doradillo.
Contacto
Para otras informaciones deberán ponerse en contacto con la Secretaría de Turismo o la Dirección General de Conservación de Áreas Protegidas, dependiente de aquella, cuyo domicilio es Av. 9 de Julio 280 , código postal 9103, Rawson, Chubut.
La Municipalidad de Puerto Madrid se sitúa en la calle Belgrano 250 (9120) CHUBUT. Conmutador: (02965) 453-480/ 454-448/ 454-451.
Dirección de Turismo de Puerto Madryn: Julio. A. Roca 223 (9120) CHUBUT- Teléfonos ( 02965)- 453 -504 y 456-067
Sitio de Internet: www.madryn.gov.ar/turismo/
Fundación Patagonia Natural (Institución muy vincualada a la creación de esta Reserva)
Marcos A. Zar 760 - Puerto Madryn (9120) Chubut - Patagonia Argentina
Tel/fax: +54 (2965) 451-920 / 472-023 .
E-mail: pnatural@patagonianatural.org
Problemas de conservación
La gran belleza del paisaje, las enormes playas, el avistaje de interesante fauna, especialmente asociada a la presencia de ballenas, creó presiones inmobiliarias que potencialmente amenazaban con afectar el área para construir hoteles u otro tipo de emprendimiento turístico. A corto plazo, la idea podía dar lugar a la construcción de un complejo turístico para dar cabida y comodidad a los visitantes y generar ingresos para la zona. Pero, visto en el largo plazo, surgían dudas respecto a la conveniencia de alterar significativamente el ambiente natural próximo a las playas. Ello bien podría alterar la naturaleza en su conjunto y perder atractivo el sitio.
Adicionalmente, se destaca que en la playa, sobre la misma porción costera analizada, existía una serie de canteras de las que se extraía arena y canto rodado, efectuando un notorio impacto ambiental negativo.
En virtud de que ambos usos económicos comprometían la oportunidad que presenta la región para el turismo sustentable, se propuso llevar a cabo una valoración económica del paisaje. El desafío era básicamente conocer si conservar el área en estado natural brindaría más beneficios a la comunidad que los potenciales proyectos inmobiliarios y la continuación de las actividades extractivas.
Este interesante estudio fue realizado con la intervención de varios organismos oficiales, organizaciones no gubernamentales, cámaras empresariales y un Instituto especializado del exterior. Las encuestan fueron elocuentes dado que una inmensa mayoría de la población optó por la posibilidad de no alterar con ninguna actividad la zona de playa de El Doradillo.
Si bien no se implementaron edificaciones para complejos hoteleros, hasta no hace mucho se continuaba la explotación de canteras de extracción de arena y de canto rodado, desconociendo abiertamente las restricciones que establece la Ordenanza que crea el área protegida. Este conflicto tuvo mucha repercusión en la prensa lugareña y de la Capital Federal. Con tal motivo y para esclarecer al lector sobre otras cuestiones involucradas en el deterioro ambiental, reproducimos una nota periodística sobre el tema aparecida en el matutino La Nación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
El Doradillo, zona intangible
LA NACION, MARTES 12 de Julio de 2005
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La Legislatura de la provincia de Chubut acaba de aprobar una esperada ley que declara zona intangible una franja costera del área protegida El Doradillo. El objetivo es proteger una localidad de extraordinaria belleza paisajística, que tiene el privilegio de ser única en el planeta: allí pueden apreciarse las ballenas francas australes a escasos metros de la playa.
La excepcionalidad del lugar provocó que se desarrollara allí, a través de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Política Ambiental de la Nación, un detallado estudio de valoración paisajística y económica, financiado por el Banco Mundial, para establecer la importancia del área como sitio de recreación natural y fuente de riqueza futura para la comunidad. Como consecuencia de esa actividad se declaró a la zona en 2001 -por unanimidad del Concejo Deliberante de la ciudad de Puerto Madryn- Paisaje Terrestre y Marino Protegido. La norma impide cualquier tipo de instalación o construcción en una franja costera de unos 1500 metros de ancho desde la altura de la más alta marea, y de modo expreso prohíbe la actividad de las canteras en las playas de arena.
Tal como lo resaltamos en esta columna meses atrás, resulta insólito y lamentable que la gestión actual del municipio de Puerto Madryn haya autorizado de modo discrecional la actividad de canteras en contra no solamente de la norma mencionada, sino de la propia Constitución de la provincia, de la ley general del ambiente de Chubut, y de la carta orgánica municipal, violando de modo flagrante el deber de las autoridades de preservar la integridad y diversidad natural y cultural del medio.
La escasa capacidad del municipio en materia ambiental no es novedad: en El Doradillo no se implementa plan de manejo alguno pese al plazo de 180 días establecido para ello en 2001; se tolera el vuelco de efluentes con alta carga orgánica en las cristalinas aguas del golfo Nuevo y se permite la ilegal e incesante actividad de canteras que destruye un patrimonio exquisito, una fuente fundamental de recursos de las actuales y futuras generaciones de la provincia.
La Constitución de Chubut expresamente ha declarado de interés provincial las acciones destinadas a la conservación del patrimonio natural y la ley general del ambiente impone a la autoridad provincial no sólo la aplicación de normas relacionadas con la preservación del ambiente, sino la investigación de oficio o por denuncia de cualquier acción degradante del ambiente.
Es por ello que, tratándose de una playa única en el mundo, y un atractivo recreativo incomparable, como lo resaltó el propio vicepresidente de la Nación en su reciente visita de inauguración de la Temporada de Ballenas 2005, resulta elogiosa y oportuna la propuesta de la Legislatura provincial de declarar intangible el área costera del paisaje protegido, de modo de dar por terminado un daño ambiental grosero.
Es indispensable detener esa degradación tan notable que impacta la calidad escénica de un área protegida que constituye un orgullo para la ciudad. La extracción de material puede hacerse en otros sitios, como lo realizan empresarios responsables que recorren decenas de kilómetros para obtener el material sin degradar el ambiente.
La reciente ley está ahora solamente sujeta a la aprobación definitiva del gobernador Das Neves, que conoce la importancia de internalizar, de modo inteligente, la política de la provincia de promover el turismo con calidad, que hoy atrae a miles de visitantes ávidos de naturaleza y ballenas.
Cada camión que retira arena y canto rodado no sólo deja una huella imborrable en las playas, sino que desvaloriza de modo irreversible un patrimonio irreemplazable, un sitio de recreación y fuente de recursos genuinos para la ciudad. Terminar con las canteras en el área protegida El Doradillo constituiría la verdadera aplicación de una política seria para preservar su patrimonio natural.
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Bibliografía
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http://www.lanacion.com.ar/opinion/nota.asp?nota_id=720572
Investigación
y Textos:
Gabriel
O. Rodriguez
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